Código de Ética

Introducción

Los miembros del Colegio de Consejería y Capellanía Profesional se comprometen a cumplir la ética cristiana de cooperación pastoral y profesional manteniendo en alto en todo momento los principios de igualdad, diversidad, justicia restaurativa, amor y gracia. Los miembros afirman y promueven el valor y dignidad de cada ser humano a los cuales ellos sirven. “Sé ejemplo de los creyentes en palabra, conducta, amor, espíritu, fe y pureza” (1Timoteo 4:12). Los miembros del Colegio de Capellanía y Consejería Profesional sostienen y reconocen las Sagradas Escrituras como el Código de Ética por excelencia y en tal virtud se comprometen ante Dios y sus semejantes, a practicar sus enseñanzas.

Dignidad Humana y Ministerio Pastoral

  • Los capellanes (as) y consejeros(as) son llamados y comisionados por Dios para que en amor, gracia y misericordia sean Sus embajadores que atiendan a los hijos e hijas de Él. Los capellanes sostienen que cada ser humano fue creado a la imagen de Dios con individualidad y con libertad de pensar, creer, comportarse, sentir, relacionarse e interactuar con sus semejantes.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) al servir toman en consideración, la cultura, las creencias, actitudes y comportamientos de aquellos a los que ellos / ellas sirven y siempre presentan las buenas nuevas restauradora de Dios con amor.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) se asegurarán de las necesidades emocionales y espirituales de aquellos y/o aquellas a quienes sirven a fin de poder ofrecer ayuda eficaz.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) entienden y respetan el alto valor y dignidad de los seres humanos y con la ayuda de Dios se esfuerzan y se comprometen a no tomar ventajas sobre aquellos / aquellas que soliciten sus servicios. Los capellanes (as) y consejeros(as) están conscientes del poder que tienen al ser representantes de Dios y bajo ninguna circunstancia explotarán la confianza depositada en ellos / ellas.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) reconociendo la santidad de las relaciones humanas y la integridad de cada persona no entraran en relaciones sexuales con aquellos y/o aquellas personas que vengan en busca de ayuda pastoral.

Confidencialidad y Ministerio Pastoral

  • Los capellanes (as) y consejeros(as) entienden que la confidencialidad o secreto pastoral y profesional es un derecho y una obligación fundamental que subsiste íntegramente aun después de que la relación psicoterapéutica persona-capellán haya terminado. Los capellanes invocarán este derecho ante la exigencia o petición de formular declaraciones de cualquier naturaleza que afecten la confidencialidad.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) sostienen muy en alto el principio de la confidencialidad o secreto pastoral y profesional y no pueden ser obligados a revelar lo que se les dijo en confesión pastoral.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) podrán revelar cierta información si éste o ésta consideran que la vida de la persona o de otras está en peligro, siempre en estricta concordancia con el artículo 60 de la Constitución Nacional
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) reconocen que cada persona tiene el derecho de difundir solo la información que ellos / ellas desean, por lo tanto los capellanes se comprometen a no obligar a nadie a que revele información que la persona no quiera compartir.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) que proveen servicio pastoral a niños / niñas y a personas que están incapacitadas para hacer decisiones por ellos mismos, buscarán el permiso y consentimiento de los padres o tutores de ellos.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) que necesiten tomar notas o grabaciones audibles o visuales de los encuentros o consultas pastorales solicitarán el permiso de la persona o personas involucradas. Los capellanes (as) y consejeros(as) tienen la responsabilidad de asegurarse que la confidencialidad no es quebrantada.

Competencia Profesional y Crecimiento Espiritual

  • Los capellanes (as) y consejeros(as) se comprometen a mantener los más altos estándares de conducta ética pastoral y profesional.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) estarán siempre creciendo integralmente en su vida personal, espiritual y profesional. Los capellanes están comprometidos continuamente a crecer en gracia y sabiduría para con Dios y con los hombres.
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) tienen la responsabilidad de leer y seguir el Código de Ética del Colegio de Capellanía y Consejería Profesional
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) reconocen que habrá casos en los cuales tendrán que referir a las personas que están ayudando, a otros profesionales, a fin de proveer servicios especializados a las personas
  • Los capellanes (as) y consejeros(as) mantendrán bien en alto el código de ética profesional y se comprometen a promocionar el respeto recíproco, intelectual, pastoral y profesional entre colegas así como también a fomentar una fraternidad que enaltezca los principios del Reino de Dios y de la profesión de la capellanía.

Honorario Profesionales

Los capellanes (as) y consejeros(as) son profesionales y recibirán tratamiento como tal. Para determinar sus honorarios se tomarán en cuenta los siguientes factores: tipo de ministerio (fuerzas armadas, hospitales, prisiones, industrias), inflación, costo de vida en el área geográfica donde se preste el servicio pastoral, etc. educación y experiencia, prestigio profesional, localidad donde ejerce.

Procedimiento en caso de violaciones al código de ética

  • El Colegio de Consejería y Capellanía Profesional sostiene que una comunidad existe para ayudarse el uno al otro por lo tanto este Colegio no participará en ningún evento u acción dirigido a dañar directa o indirectamente a ninguno de sus miembros.
  • El Colegio de Capellanía y Consejería Profesional solo escuchará quejas que sigan el procedimiento bíblico delineado en Capitulo 18 del Evangelio según san Mateo. En caso que haya una queja en contra de un capellán (a) o consejero (a) se le dará prioridad a aquellas quejas donde haya dos o más testigos. “Contra un presbítero no admitas acusación sino con dos o tres testigos” (1 Timoteo 5:19).
  • El Comité de Ética del Colegio de Capellanía y Consejería Profesional atenderá a los casos presentados.